Se deben seguir ciertas formalidades que exige la ley dominicana.
Procedimiento
1. Los requisitos anteriormente señalados.
2. Se debe de realizar un acto frente a un notario (luego este debe ser legalizado)
3. Este acto debe de notificarse a todas las instancia judiciales y gubernamentales requeridas por la ley
viernes, 26 de febrero de 2010
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)

No hay comentarios:
Publicar un comentario